Bio-pirateria del conocimiento tradicional Introducción El conocimiento tradicional es un gran tesoro de conocimientos que puede ser objeto de apropiación indebida debido a su inmenso potencial. Los conocimientos tradicionales, en particular, relacionados con el tratamiento de diversas enfermedades han proporcionado pistas para el desarrollo de moléculas biológicamente activas. La biopiratería de los conocimientos tradicionales codificados de la India continúa, principalmente porque esta información existe en las lenguas regionales locales. La barrera del idioma impide que las oficinas de patentes busquen esta información como estado de la técnica, antes de conceder patentes. Las formulaciones utilizadas para el tratamiento de dolencias humanas a partir de los conocimientos tradicionales están probadas por el tiempo, ya que han estado en la práctica durante siglos. La fiabilidad de los sistemas de medicina tradicional, junto con la ausencia de tal información con oficinas de patentes como estado de la técnica, proporciona el terreno para la biopiratería y la concesión errónea de patentes sobre formulaciones terapéuticas derivadas de sistemas de medicina tradicional. Apropiación indebida de conocimientos tradicionales La concesión incorrecta de patentes sobre invenciones/invenciones no novedosas relacionadas con medicinas tradicionales, es motivo de gran preocupación para las naciones ricas en conocimientos tradicionales. Algunos ejemplos detallados en el anexo. 1 ilustran la biopiratería del conocimiento tradicional. En muchos de estos casos, el país poseedor del TK tuvo que luchar por la revocación de las patentes concedidas. La revocación de las patentes implicaba un gran costo y tiempo, y no siempre es una opción viable para todas las patentes concedidas erróneamente basadas en los conocimientos tradicionales. Protección de los conocimientos tradicionales codificados Los examinadores de patentes, en las oficinas internacionales de patentes, al examinar la patentabilidad de cualquier materia reivindicada, utilizan los recursos disponibles para buscar las fuentes apropiadas de literatura no relacionada con patentes. La bibliografía sobre patentes suele estar contenida en su totalidad en varias bases de datos distintivas y puede ser fácilmente buscada y recuperada, mientras que el estado de la técnica no patentado se encuentra a menudo enterrado en muchos recursos oscuros y diversos. Por lo tanto, se consideró necesario crear una base de datos sobre conocimientos tradicionales de la India que fuera más fácilmente accesible. Biblioteca digital de conocimientos tradicionales - Una herramienta para prevenir la apropiación indebida de los conocimientos tradicionales TKDL contiene información de Indian Systems of Medicine (ISM), viz. , Ayurveda, Unani, Siddha, Sowa Rigpa así como Yoga disponible en el dominio público. Para ello, los conocimientos tradicionales de la literatura existente en lenguas locales/ regionales como el sánscrito, el urdu, el árabe, el persa y el tamil se convierten en un formato digitalizado, y está disponible en cinco idiomas internacionales incluyendo inglés, alemán, español, francés y japonés. La Clasificación de los Recursos del Conocimiento Tradicional (TKRC), un sistema innovador y estructurado de clasificación con fines de organización sistemática, difusión y recuperación, ha sido formulado y se actualiza continuamente para los términos pertinentes en los textos antiguos. La información está estructurada por sección, clase, subclase, grupo y subgrupo. La estructura del TKRC es similar a la de la Clasificación Internacional de Patentes (IPC) debido a su familiaridad y uso por los examinadores de patentes en todo el mundo. La base de datos TKDL comprende actualmente más de 5,0 lakh formulaciones/ prácticas que se han transcrito de los textos de ISM y Yoga. Cada texto es leído, la formulación/ práctica medicinal identificado y convertido en un formato estructurado utilizando TKRC por dominio (Ayurveda, Unani, Siddha, Sowa Rigpa o Yoga) expertos. Los códigos se introducen en la pantalla de entrada de datos. El contenido (anterior) de textos antiguos también se guarda en la base de datos. La versión traducida de todos los códigos TKRC se lleva a la base de datos. La abstracción es hecha por los expertos del tema. Los códigos una vez guardados en el directorio de metadatos se convierten a diferentes idiomas, incluyendo inglés, alemán, francés, japonés y español. El formato convertido de la formulación es, por tanto, fácilmente comprensible para todos. La aplicación TKDL con su sistema de clasificación asociado, es decir, TKRC convierte textos en idiomas locales/regionales al inglés y a otros idiomas como se ha mencionado anteriormente. Cabe señalar que el contenido en TKDL es una conversión basada en el conocimiento, donde los datos extraídos una vez se convierten a varios idiomas utilizando la metodología de metadatos Unicode. Como valor añadido, la terminología tradicional también se convierte en terminología moderna, por ejemplo, Jwar a fiebre, Turmeric a Curcuma longa, Mussorika a varicela, etc. El TKDL colma la importante brecha existente entre las formulaciones existentes en los idiomas locales y el examinador de patentes a nivel mundial, ya que la base de datos proporciona información sobre nombres modernos y locales en un idioma y formato comprensible para los examinadores de patentes Anexo. 1 Algunos ejemplos de biopiratería del conocimiento tradicional Cúrcuma (Curcuma longa L.) Los rizomas de cúrcuma se utilizan como especia para aromatizar la cocina india. También tiene propiedades que lo convierten en un ingrediente eficaz en medicamentos, cosméticos y tintes. Como medicina, se ha utilizado tradicionalmente en la India durante siglos para curar heridas y erupciones. En 1995, Suman K. Das y Hari Har P. Cohly del Centro Médico de la Universidad de Mississippi obtuvieron una patente estadounidense (5, 401,504) sobre el uso de la cúrcuma para curar heridas. El Consejo de Investigación Científica e Industrial (CSIR), India, Nueva Delhi presentó una demanda de revisión ante la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO) en la que se impugnaba la patente basándose en la existencia de conocimientos previos. El CSIR argumentó que la cúrcuma se ha utilizado durante miles de años para curar heridas y erupciones, por lo que su uso medicinal no era una invención nueva. Su afirmación fue apoyada por pruebas documentales de conocimientos tradicionales, incluido un texto antiguo en sánscrito y un artículo publicado en 1953 en el Journal of the Indian Medical Association. A pesar de la apelación de los titulares de las patentes, el USPTO mantuvo las objeciones del CSIR y anuló la patente. El caso de la cúrcuma fue un fallo histórico, ya que por primera vez se impugnó con éxito una patente basada en los conocimientos tradicionales de un país en desarrollo. La USPTO revocó esta patente en 1997, después de verificar que no había novedad desde los hallazgos de los innovadores que han sido conocidos en la India durante siglos. Neem (Azadirachta indica A. Juss.) Los extractos de neem pueden utilizarse contra cientos de plagas y enfermedades fúngicas que atacan cultivos alimentarios; el aceite extraído de sus semillas puede usarse para curar resfriados y gripes; y mezclado en jabón, proporciona alivio de la malaria, las enfermedades de la piel e incluso la meningitis. En 1994, la Oficina Europea de Patentes (EPO) concedió una patente (patente EPO no 436257) a la corporación estadounidense W.R. Grace Company y al Departamento de Agricultura de los Estados Unidos para un método de control de hongos en las plantas con ayuda de aceite de neem hidrofóbico extraído. En 1995, un grupo de organizaciones no gubernamentales internacionales y representantes de agricultores indios presentaron una oposición legal contra la patente. Presentaron pruebas de que el efecto fungicida de los extractos de semillas de neem se conocía y se utilizaba desde hace siglos en la agricultura india para proteger las cosechas, por lo que no era patentable. En 1999, la OEP determinó que, según las pruebas, todas las características de la presente reivindicación se habían comunicado al público antes de la solicitud de patente y que no se consideraba que la patente implicara actividad inventiva. La patente concedida sobre fue Neem fue revocada por la OEP en mayo de 2000. En marzo de 2006, la OEP también rechazó la impugnación presentada por el USDA y la multinacional química W. R. Grace a la decisión anterior de cancelar su patente sobre las propiedades fungicidas de las semillas extraídas del árbol de neem. Arroz basmati (Oryza sativa L.) Rice Tec. Inc. había solicitado el registro de una marca "Texmati" ante el Registro de Marcas del Reino Unido. La Autoridad para el Desarrollo de las Exportaciones Agrícolas y de Alimentos Elaborados (APEDA) se opuso con éxito. Uno de los documentos invocados por Rice Tec como prueba en apoyo del registro de dicha marca era la patente estadounidense 5.663.484 concedida por la Oficina de Patentes de los Estados Unidos a Rice Tec el 2 de septiembre de 1997, y es así como esta patente se convirtió en una cuestión contenciosa. Esta patente estadounidense era única en cierto modo, al afirmar que una planta de arroz tenía características similares a las tradicionales líneas indias de arroz basmati y con la delimitación geográfica que abarcaba el norte, centro o sur de América o las islas del Caribe. La USPTO concedió la patente a Rice Tec el 2 de septiembre de 1997. Dicha patente comprendía 20 reivindicaciones que abarcaban no sólo la planta de arroz nueva, sino también varias líneas de arroz; las plantas y los granos resultantes, las reivindicaciones de depósito de semillas, el método para seleccionar una planta de arroz para su mejoramiento y propagación. Las reivindicaciones 15 a 17 se referían a un grano de arroz cuyas características eran similares a las de las líneas indias de arroz basmati. Las reivindicaciones 15 a 17 habrían obstaculizado las exportaciones de la India a los Estados Unidos, si se hubieran aplicado legalmente. Se utilizaron pruebas del boletín del IARI (Indian Agricultural Research Institute) en relación con las reivindicaciones 15 a 17. La evidencia fue respaldada por la colección de germoplasma de la Dirección de Investigación del Arroz, Hyderabad desde 1978. Los científicos del CFTRI-Central Food Technological Research Institute (CSIR-CFTRI) evaluaron las diversas características de los granos y, en consecuencia, se impugnaron las reivindicaciones 15 a 17 sobre la base de las declaraciones presentadas por ellos sobre las características de los granos. Finalmente, el 28 de abril de 2000 se presentó una solicitud de reexamen de esta patente. Poco después de completar la solicitud de reexamen, Rice Tec decidió retirar las reivindicaciones 15-17 junto con la reivindicación 4. La biopiratería de los conocimientos tradicionales no se limita a la India. De hecho, ha habido varios ejemplos en otros países donde la biopiratería del conocimiento tradicional se ha convertido en una preocupación. Algunos de estos ejemplos son los siguientes: Kava (Piper methysticum G.Forst.) La kava es un importante cultivo comercial en el Pacífico, donde es muy valorada como fuente de la bebida ceremonial del mismo nombre. Más de 100 variedades de kava se cultivan en el Pacífico, especialmente en Fiji y Vanuatu, donde fue domesticada por primera vez hace miles de años. En América del Norte y Europa, la kava se promueve ahora para una variedad de usos. La compañía francesa L'Oreal - un gigante global con US $ 10 mil millones en ventas anuales - patentó el uso de Kava para reducir la pérdida de cabello y estimular el crecimiento del cabello. Ayahuasca [Banisteriopsis caapi (Spruce ex Griseb.) C.V.Morton] Durante generaciones, los chamanes de las tribus indígenas de toda la cuenca del Amazonas han procesado la corteza de B. caapi para producir una bebida ceremonial conocida como "Ayahuasca". Los Chamanes usan la Ayahuasca (que significa "vino del alma") en ceremonias religiosas y de sanación para diagnosticar y tratar enfermedades, reunirse con espíritus y divinizar el futuro. Loren Miller obtuvo la patente US Plant Patent (no.5751 emitida en 1986), que le otorga derechos sobre una supuesta variedad de B. caapi que había recogido de un huerto doméstico en el Amazonas y llamado "Da Vine", y estaba analizando posibles propiedades medicinales. La patente afirmaba que Da Vine representaba una variedad nueva y distinta de B. caapi, principalmente debido al color de las flores. El Órgano de Coordinación de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca del Amazonas (COICA), que representa a más de 400 tribus indígenas en la región amazónica, junto con otros, protestó por la patente equivocada que se concedió sobre la especie vegetal. Protestaron que la ayahuasca había sido conocida por los nativos de la selva amazónica y se utiliza en la medicina tradicional y se cultiva para ese propósito durante generaciones. Argumentaron que Miller no pudo haberlo descubierto y no se le deberían haber concedido derechos, que en efecto se apropiaban de los conocimientos tradicionales indígenas. Tras un nuevo examen, la USPTO revocó esta patente el 3 de noviembre de 1999. Sin embargo, el 17 de abril de 2001 el inventor pudo convencer a la USPTO y las reivindicaciones originales fueron reconfirmadas y los derechos de patente restituidos al innovador. Quinoa (Chenopodium quinoa Willd.) La quinua es un alimento básico para millones de personas en los Andes, especialmente los quechuas y aymaras que han cultivado una multitud de variedades de quinua. Una variedad tradicional de quinua, Apelawa, es objeto de la patente 5,304,718 de dos profesores de la Universidad Estatal de Colorado que afirman que el citoplasma estéril masculino de la variedad es clave para desarrollar la quinua híbrida. La patente reivindica cualquier quinoa cruzada con plantas masculinas estériles de Apelawa. Hoodia [Hoodia gordonii (Masson) Sweet ex Decne.] For thousands of years, African tribesmen have eaten the Hoodia cactus to stave off hunger and thirst on long hunting trips. The Kung bushmen, San who live around the Kalahari desert in southern Africa used to cut off a stem of the cactus about the size of a cucumber and munch it. En 1995, el Consejo Sudafricano de Investigación Científica e Industrial (CSIR) patentó el elemento supresor del apetito de Hoodia (P57) y, por lo tanto, su posible cura para la obesidad. En 1997 se concedió la licencia de P57 a la empresa británica Phytopharm. En 1998, Pfizer adquirió los derechos para desarrollar y comercializar P57 como un potencial medicamento adelgazante y cura para la obesidad de Phytopharm por $ 32 millones. El pueblo san se enteró finalmente de esta explotación de sus conocimientos tradicionales y en junio de 2001 inició una acción judicial contra la CSIR sudafricana y la industria farmacéutica por motivos de biopiratería. Alegaron que se les había robado sus conocimientos tradicionales y que el CSIR sudafricano no había cumplido las normas del Convenio sobre la Diversidad Biológica, que requiere el consentimiento previo e informado de todas las partes interesadas, incluidos los descubridores y usuarios originales. Phytopharm llevó a cabo extensas investigaciones, pero no pudieron encontrar a ninguno de los poseedores del conocimiento. Al parecer, los restantes san vivían en ese momento en un campamento a 1.500 millas de sus tierras tribales. El CSIR de Sudáfrica afirmó que planeaban informar a los san sobre la investigación y compartir los beneficios, pero querían asegurarse de que el medicamento tuviera éxito. Las dos partes negociaron un acuerdo de participación en los beneficios, a pesar de las complicaciones sobre quién debía ser indemnizado: la persona que originalmente compartió la información, sus descendientes, la tribu o el país entero. Los san son nómadas repartidos en cuatro países. Más tarde, en marzo de 2002, se llegó a un acuerdo histórico en virtud del cual los san recibirían una parte de cualesquiera derechos futuros. Desde entonces, sin embargo, hoodia ha entrado en el mercado gris y no está claro hasta qué punto la participación en los beneficios ayuda a la comunidad san. Otros ejemplos La apropiación de elementos de este conocimiento colectivo de las sociedades en conocimiento privado para el beneficio comercial de unos pocos es una preocupación importante. Se requiere una acción urgente para proteger estos frágiles sistemas de conocimiento mediante políticas nacionales y la comprensión internacional vinculada a los DPI, al tiempo que se garantiza su desarrollo y uso adecuado en beneficio de sus titulares. Es muy importante centrarse en el conocimiento y la innovación de las comunidades, la empresa y la inversión. Las comunidades locales o los individuos no tienen los conocimientos ni los medios para salvaguardar su propiedad en un sistema que tiene su origen en un conjunto muy diferente de valores y actitudes culturales. Las comunidades tienen un depósito de conocimientos sobre su flora y fauna, sus hábitos, sus hábitats, su comportamiento estacional y similares.'y es lógico, en consonancia con la justicia natural, que se les dé una mayor voz como cuestión de derecho en todos los asuntos relativos al estudio, extracción y comercialización de la biodiversidad. Lo que se necesita es un mecanismo jurídico/política que no obstaculice el avance del conocimiento y que prevea una utilización válida y sostenible y una protección adecuada de la propiedad intelectual con una justa participación en los beneficios.